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13-06-2013  Publicado en el BOPV de forma deficnitiva el texto integro de la nueva Ordenanza Venta No sedentaria de Manises.

El pasado 12 de junio, el Boletin Oficicial de la Provincia de Valencia, publicó  de forma definitiva el texto integro de la nueva Ordenanza Venta No sedentaria de Manises. Una nueva Ordenanza, que regula este tipo de venta en el municipio y que fue aprobada por el Ayuntamiento en Pleno el pasado mes de marzo, con los votos a favor de todos los grupos con representación en el Consistorio local y que para su redacción se ha tenido en las consideraciones de los propios vendedores con el fin de hacer de éste el mejor marco normativo para la venta ambulante en Manises.


Con la aprobación definitiva de esta Ordenanza, todas las autorizaciones vigentes para el ejercicio de venta no sedentaria en los mercados periódicos, quedan prorrogadas automáticamente durante un plazo de quince años, con el unico requisito que los actuales titulares de las autorizaciones municipales de estos mercados, que se celebran en Manises los lunes y miércoles, deberán acreditar en el Departamento de Mercados, en el plazo de un mes, que continúan cumpliendo con los requisitos que sirvieron para su concesión, plazo que finalizará el día 12 de julio de 2013.


El desarrollo de esta nueva Ordenanza tiene como finalidad la adaptación a la nueva normativa reguladora del Consell, mejorando, con las aportaciones de los vendedores de Manises, la guía facilitada por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias. Desde la Concejalía de Mercados, que dirige Juan Antonio Castillo, y desde la Regidoría de Comercio, “hemos consensuado el texto con todos los vendedores ambulantes del municipio con el objetivo de hacer un buen trabajo y que ésta sea la mejor ordenanza, tanto para el ciudadano que va a comprar, como para el vendedor que ofrece sus productos a la venta”, ha explicado el edil de Comercio, Empleo y Empresa en Manises, José Bustamante.
 
La venta no sedentaria constituye una modalidad de venta tradicional con fuerte arraigo en Manises, que ha ido evolucionando a lo largo del tiempo de forma acompasada con los cambios sociales y económicos. Tal y como recoge la nueva normativa, que ha servido como ejemplo a muchos Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que están adaptando su ordenanza, se considera venta no sedentaria aquella realizada por comerciantes fuera de un establecimiento comercial permanente, cualquiera que sea su periodicidad, en los perímetros o lugares debidamente autorizados, en instalaciones comerciales desmontables o transportables. “El objetivo de este nuevo marco normativo es conseguir la dignificación de una modalidad de comercio que debe desarrollarse bajo los mismos principios de competencia, competitividad y eficiencia que inspiran el desempeño del sector comercial en su conjunto”, ha informado el alcalde de Manises, Francisco Izquierdo.
 
Alrededor de una docena de propuestas de los vendedores se han tenido en cuenta en el texto, entre las que destacan las referentes a la reserva de puesto a causa de baja por maternidad o enfermedad de larga duración, a la periocidad, días de celebración y horario, a la ampliación del horario en temporada de verano, a los motivos por los cuales el Ayuntamiento puede suspender la actividad, a la transmisión de la autorización, o al cambio y mejora de puesto.
 
Para cualquier consulta o duda sobre el tema, deberá dirigirse a al Departamento de Mercados, sito en el edificio El Arte,  C/ Tramvies, nº 15
 

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